Nuevas Tecnologías en el ámbito laboral

Interesantes sesiones con Juan Pablo Maldonado y Juan Manuel Ruz Lobo en el ciclo de conferencias ‘Diálogos con las nuevas tecnologías’

resized_DSC_6464SEVILLA (2018.12.03) El Aula Ángel Herrera Oria acogió una nueva sesión del Ciclo de Conferencias Diálogos con las Nuevas Tecnologías que coordina la profesora del grado en Derecho del Centro de Estudios Universitarios Cardenal Spínola CEU, Carolina Wisner. La sesión, titulada ‘Buen y mal uso de los medios tecnológicos por el trabajador y por el empresario’, estuvo a cargo de Juan Pablo Maldonado Montoya, profesor titular de Derecho del trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad CEU San Pablo de Madrid, y secretario del centro de la ACdP en Madrid.

resized_DSC_6501La intervención se dividió en dos partes: la primera abordó el uso, por parte de los trabajadores, de los medios tecnológicos de la empresa; la segunda, profundizó sobre las nuevas formas de control de la actividad laboral. El profesor Maldonado Montoya subrayó que “aunque se hable de nuevas tecnologías, siempre están cambiando y evolucionando y los problemas que surgen con su uso con son tan nuevos, son los mismos que surgen de la relación laboral y del contrato de trabajo”. Asimismo, indicó que el Estatuto de los Trabajadores no contiene ninguna previsión sobre el uso de los medios tecnológicos; pero que hoy día es una obligación o un deber que los empresarios usen nuevas tecnologías, porque si no se quedarían fuera del mercado.

resized_DSC_6524El ponente desarrolló la evolución de la doctrina judicial sobre la vigilancia del empresario a través de cámaras, grabaciones y monitorización del ordenador. Para ello analizó desde la sentencia del Tribunal Constitucional 98/2000, de 10 de abril (Casino de La Toja), hasta la sentencia del Tribunal Supremo 119/2018, de 8 de febrero (Caso Inditex), pasando por las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 12 de enero de 2016 (Barbulescu/Rumanía I), de la GRan Sala de 5 de septiembre (Barbulescu/Rumanía II) y de 9 de enero de 2018 (López Ribalda y otras/España).

Por otra parte, expuso a los alumnos las situaciones que suscita el uso de otras tecnologías en la empresa como son los geolocalizadores, la identificación a través de controles biométricos, los sensores espías y las listas negras.

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resized_DSC_6537La profesora Wisner destacó que “los alumnos han tenido la oportunidad de comprobar, a través de la exposición del profesor Maldonado Montoya, cómo la irrupción de las nuevas tecnologías en al ámbito laboral ha creado situaciones de conflicto en la que la Justicia ha tenido que poner en valor, por un lado, el derecho a la intimidad del trabajador y, por el otro, el derecho del empresario a proteger la propiedad de sus recursos informáticos y tecnológicos”.

resized_DSC_6517resized_DSC_6544Acompañaron al ponente en esta sesión el secretario general técnico de CEU Andalucía, Juan Manuel Ruz, la coordinadora del grado en Derecho, Ana Fernández, y los profesores Enrique Puerta, María Villa y Lorena Ostos.

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Taller Práctico sobre Nuevas Tecnologías en las relaciones laborales

DSC_0324Tras la conferencia del profesor Maldonado Montoya, los alumnos tuvieron oportunidad de profundizar sobre las nuevas tecnologías en las relaciones laborales en un taller práctico dirigido por el secretario general técnico de CEU Andalucía, Juan Manuel Ruz Lobo.

Ruz Lobo es experto en esta materia y defendió su tesis doctoral “El impacto de las tecnologías de la información y comunicación (TIC) en las relaciones laborales: interactuación y conflicto” con calificación de Sobresaliente Cum Laude.

DSC_0340La sesión práctica permitió a los alumnos dilucidar sobre cuestiones de interés en torno al uso de las nuevas tecnologías en el ámbito laboral. ¿Puede una empresa controlar el correo electrónico corporativo de un empleado, con ordenadores e internet de la empresa? ¿Puede establecer un control laboral mediante videovigilancia, y a través de las nuevas tecnologías (GPS)? Como subrayó Ruz Lobo “delimitamos entre el respeto a los derechos fundamentales de los trabajadores y las facultades organizativas del empresario”.

Para la resolución de dichos casos los estudiantes del cuarto curso del grado analizaron la Constitución española, el Estatuto de los Trabajadores, el Reglamento de Protección de Datos, la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras y las sentencias analizadas en la ponencia del profesor Maldonado Montoya.

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Este ciclo de conferencias se encuentra enmarcado en el Proyecto de Innovación Docente que la profesora Carolina Wisner está llevando a cabo en la asignatura ‘Derecho de las Telecomunicaciones y de las Nuevas Tecnologías’. Como subraya la profesora Wisner “este proyecto innova tanto en la metodología pedagógica aplicada (‘Flipped classroom’ o técnica del aula invertida y el aprendizaje cooperativo) como en el tratamiento que aplicamos a los contenidos del programa.